Si bien ya se venía comentando algo al respecto, hoy han sido confirmados algunos cambios en las reglas para compra de bienes y/o servicios en moneda extranjera con tarjeta de crédito y débito.
Los cambios principales fueron los siguientes:
- A partir de hoy el recargo en concepto de adelanto de Impuesto a las Ganancias o Bienes personales generado por las compras en el exterior con tarjeta de crédito y débito pasará de ser del 15% al 20%.
- Además ese adelanto será aplicado también para todos los servicios en el exterior ofrecidos en agencias de viajes locales (paquetes, pasajes, etc). Es decir, ya no se podrá como antes decir: "lo compro en Despegar que lo factura en pesos", porque tendrá el 20% de cualquier forma. El adelanto será aplicado en pasajes a través de todos los medios de transporte (ómnibus, ferry, avión) para viajar hacia otros países. Tanto para los pasajes como para los paquetes el 20% se aplicará independientemente de la forma de pago, es decir, pagando en efectivo también se tendrá.
Todo esto ha sido publicado en el boletín oficial de hoy, ya entraró en vigencia a partir de dicha publicación (pueden verla aquí).
Código:
http://www.boletinoficial.gov.ar/Inicio/Index.castle
Para quienes les corresponda pagar Impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales, continúa vigente la resolución para solicitar la devolución del, ahora, 20%.
Código:
http://www.promociones-aereas.com.ar/2013/03/nuevas-reglas-de-la-afip-para-la-compra.html